SOGAMOSO. Con el propósito de blindar a la comunidad frente a falsas promesas académicas, la Secretaría de Educación Municipal, en articulación con el Ministerio de Educación Nacional, puso en marcha la estrategia “Educación en Regla”. A través del área de Inspección y Vigilancia, las autoridades buscan orientar y proteger a los ciudadanos ante instituciones que operan al margen de la normativa vigente.
La jefa de la cartera educativa local, Natalia Medina Moreno, fue enfática al hacer un llamado de alerta a los padres de familia y estudiantes:
“La Administración Municipal invita a que verifiquen siempre que los establecimientos cuenten con licencia de funcionamiento, registros aprobados y modalidades autorizadas antes de iniciar cualquier proceso académico. No se dejen engañar por títulos exprés, certificados sin validez o modalidades no permitidas”.
Ojo a las condiciones: Así opera la legalidad en Sogamoso
Para facilitar la verificación ciudadana, las autoridades educativas presentaron la radiografía de los establecimientos autorizados en el municipio y los requisitos que la ley les exige:
1. Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (ETDH)
El municipio cuenta con cerca de 28 establecimientos aprobados en áreas como idiomas, belleza, sistemas, técnicos laborales y capacitación complementaria. Para operar de forma legal, deben estar inscritos en el Sistema Oficial (SIET) y cumplir con:
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Código de registro del establecimiento y de cada programa.
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Licencia de funcionamiento vigente.
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Programas con vigencia de 5 años y certificación de calidad de hasta 7 años.
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Modalidades autorizadas únicamente de forma presencial y a distancia.
2. Colegios oficiales y privados
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16 Instituciones Educativas Oficiales: Cuentan con alternativas de articulación con el SENA, programas técnicos acreditados y procesos de doble titulación presencial para la educación media.
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42 Colegios Privados: Autorizados con media técnica, profundizaciones académicas, bilingüismo nacional y convenios externos.
3. Educación por ciclos para jóvenes y adultos (CLEI)
Las instituciones privadas autorizadas bajo esta modalidad deben respetar estrictamente los límites de edad. Matricular a estudiantes por debajo de los rangos legales genera irregularidades que anulan la validez de los títulos:
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Básica Primaria (CLEI I y II): Edad mínima de 13 años.
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Básica Secundaria y Media (CLEI III, IV, V y VI): Abarca de 6° a 11° grado y la edad mínima permitida es de 15 años.
4. Centros de Enseñanza Automovilística (CEA)
Sogamoso registra aproximadamente 12 academias de conducción vigiladas en conjunto con el Ministerio de Transporte. Deben figurar en el SIET, poseer código del centro, registro de programas por categorías y certificación de calidad obligatoria.
Alerta por «títulos exprés» y el mito de la educación virtual
La Secretaría de Educación advirtió que se debe dudar de las promociones «rápidas» para terminar el bachillerato y de los programas virtuales.
En Colombia, bajo la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1075 de 2015, la educación virtual no está reglamentada para los niveles tradicionales de preescolar, básica primaria, básica secundaria ni media (10° y 11°). Cualquier oferta que promueva el bachillerato tradicional 100% virtual es ilegal.
Canales de atención y denuncia
Para verificar la legalidad de cualquier institución, la ciudadanía puede consultar directamente en las oficinas de Inspección y Vigilancia (Carrera 11 con Calle 18, esquina) o reportar anomalías a los correos electrónicos oficiales:
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vigilance-educacion@sogamoso-boyaca.gov.co
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educacion@sogamoso-boyaca.gov.co
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