18 de abril de 2024 - 11:48 AM
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Por nombramiento de gerente de la ESE Salud Yopal denunciada la Alcaldesa

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Antonio Palacios, gerente ESE Salud Yopal

Denunciante dice que cometió irregularidades en el nombramiento y posesiòn del gerente de la ESE Salud de Yopal

El veedor de salud Rosmán Rodríguez Rincón solicitó a la Fiscalía General de la Nación que investigue a la alcaldesa (e) de Yopal Luz Marina Cardozo por conducta dolosa  “por el punible de falsedad ideológica en documento público, en las que incurrió al consignar de forma apócrifa motivaciones en la Resolución No. 659 de 2016, por medio del cual nombro al señor Antonio Palacios al cargo en propiedad del gerente de la ESE Salud Yopal”.

De acuerdo con la demanda  se presentaron irregularidades en el nombramiento de un gerente, cuando ya estaba en curso el concurso que suscribió la ESE con la Universidad de Pamplona.

Los hechos

  1. La empresa «SALUD YOPAL E.S.E» mediante acuerdo No. 02 del 01 de abril del año 2016, dio apertura a la invitación publica para llevar a cabo el concurso de méritos con el propósito de conformar la lista de elegibles, para que la junta directiva de la ES.E conformara una terna y de esta manera se eligiera al Gerente de la ESE Salud Yopal, periodo 2016-2020.
  1. Con posterioridad la Junta Directiva de «SALUD YOPAL E.S.E» hizo la invitación para las personas interesadas en participar en el concurso abierto, público y de méritos.
  1. Al concurso se presentó el señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA y fue admitido mediante No de inscripción 802576, junto con otros participantes, para de esta manera presentar las pruebas de conocimiento y comportamental.
  1. Las pruebas de conocimiento y comportamental, según el cronograma de la universidad fueron programadas para el día 20 de noviembre del año 2016.
  1. El día 18 de noviembre del año 2016 inexplicablemente la señora Alcaldesa de Yopal LUZ MARINA CARDOZO SOLANO a través de resolución No. 659 de 2016, nombro en propiedad en el empleo de gerente de «SALUD YOPAL E.S.E» hasta el 31 de marzo del año 2020 al señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA.
  1. En el acto administrativo de nombramiento (resolución No. 659 de 2016) se sustenta en que a través del jefe de la oficina de recursos humanos se realizó la evaluación de competencias al tenor de lo establecido en el decreto 1427 de 2016 del Ministerio de Protección Social y en la resolución 0680 de 2016 de la DAFP el cual arrojo como resultado satisfactorio manifestando que el Dr. ANTONIO PALACIOS SALAMANCA se encuentra acto para ser nombrado como gerente de la empresa «SALUD YOPAL E.S.E».
  1. Además en la resolución de posesión No. 659 del actual aerente el señor Antonio Palacios dice que se presentó el fenómeno de la vacancia — cuando esto es falso porque para la época de los hechos el concurso aún estaba vigente y ninguna autoridad lo ha declarado ilegal.
  1. El día 12 de diciembre del año 2016 el Dr. LUIS ALEJANDRO RINCON ALBARRACIN presento derecho de petición ante el jefe de talento humano de la alcaldía de Yopal para solicitar que se le certificara entre otras cosas, si esa dependencia había llevado a cabo el proceso de nombramiento del gerente de «SALUD YOPAL E.S.E», la forma en que se evaluó las competencias y conductas asociadas con el nombramiento del gerente de la E.S.E señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA, que asesoría brindo el departamento administrativo de la función pública (DAFP) para el desarrollo de avaluación de competencias del señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA y la hoja de vida con los correspondientes anexos del señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA.
  1. El día 13 de diciembre del año 2016 el subsecretario de talento humano de la Alcaldía de Yopal, dio contestación al derecho de petición referenciado en el numeral anterior, manifestando esa dependencia no adelanto ningún procedimiento para el nombramiento del gerente de la E.S.E SALUD YOPAL, por lo tanto no es posible dar respuesta, frente a la hoja de vida del señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA manifiesta que no la historia laboral en esa dependencia que imposibilita anexar copia.

10.Además señor Fiscal es importante señalar que el actual gerente de la empresa se posesiono con la contraseña o comprobante de que está en trámite la cedula de ciudadanía, mas no es el documento idóneo para tomar posesión del cargo, conforme lo establece el artículo 141 del decreto 2150 de 1995.

  1. Consultado el «RETHUS» registro de talento humano en salud, el señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA identificado con cedula de ciudadanía No. 11.429.647 no aparece registrado en el sistema, lo que corrobora la respuesta dada por la subdirección de talento humano de la alcaldía de Yopal al Dr. LUIS ALEJANDRO RINCON ALBARRACIN donde manifiesta que dicha dependencia no adelanto ningún procedimiento para el nombramiento del gerente ESE Salud Yopal, al Señor Antonio Palacios, lo que evidencia que la administración municipal no evaluó adecuadamente la Hoja de vida y los soportes conforme lo expresa el artículo 9 del decreto 4192 de 2010 el cual describe textualmente, «El cumplimiento de requisitos para ejercer una profesión u ocupación del área de la salud, de quienes obtengan título o certificado, a partir de la vigencia del presente decreto, se reconocerá a través de la inscripción individual del talento humano en el Rethus».
  1. Por otra parte es mismo Jefe de talento humano certifica que no practico la evaluación de competencias al tenor de lo establecido en el decreto 1427 de 2016 del Ministerio de Protección Social y la Resolución 0680 de 2016 de la DAFP, en el nombramiento del gerente de la E.S.E SALUD YOPAL, y peor aún esta situación pone en tela de juicio la idoneidad de los documentos aportados por el actual Gerente de la E.S.E, para ser nombrado en el cargo.
  1. Conociendo y siendo consiente de todo lo anterior señor ANTONIO PALACIOS SALAMANCA, acepto el nombramiento y tomo posesión sin el lleno de los requisitos.
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Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com