Este viernes quedó ejecutoriado el auto por el cual la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda interpuesta contra él por supuesta injerencia al ternar a su hermano José Eduardo para ser designado alcalde de Yopal.
En el mismo auto, con ponencia del magistrado Gustavo Enrique Malo Fernández, la Corte ordena archivar la investigación por no encontrar mérito para continuar con el proceso y porque quien aparece como denunciante no es la verdadera persona
La denuncia
“Miguel Antonio Sánchez Durango”, radicó una denuncia donde argumentó que a raíz de la destitución e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas del entonces alcalde de Yopal (Casanare), Wilman Celemín Cáceres, ordenada por la Procuraduría General de la Nación, se iniciaron las actuaciones legales tendientes a proveer el cargo vacante, a través de la figura del encargo.
Y que el día 5 de marzo pasado se presentó en las instalaciones de la Gobernación del departamento de Casanare una comisión del partido Liberal, de la que hizo parte el Representante a la Cámara Jorge Camilo Abril Tarache, la cual radicó una terna para la provisión del cargo, integrada por su hermano José Eduardo Abril Tarache, su socio Jorge García Lizarazo y la cuñada de éste último, Magaly Oropeza García.
El demandante alegaba que Abril Tarache había obrado en contravía con la legalidad, toda vez que en evidente manifestación de “nepotismo” y “clientelismo”, hizo incluir en la terna a su hermano, y a sus “socios”; y, además, ha ejercido presión ante el Gobernador de Casanare para que designe a uno de ellos, en búsqueda de beneficios propios.
¿Denunciante anónimo?
Tan pronto conoció la denuncia la Corte dispuso del Cuerpo Técnico de Investigaciones para la ubicación del quejoso Miguel Santos Durango López, de quien tenía poca referencia al parecer porque no quería que se le reconociera y prefería mantenerse en la clandestinidad.
Finalmente el 22 de mayo pasado el CTI ubicó a Miguel Santos Durango López, quien ratificó que él no había denunciado a nadie, que no tenía vínculos con Casanare, que nunca ha vivido allí y que vive es en Lorica (Córdoba).
Ante la falta de pruebas y de ampliar la declaración del supuesto denunciante la Corte no podía corroborar los hechos. El auto deja además claro que no hay datos concretos ni pruebas contundentes que permitan tipificar o corroborar la conducta dolosa e injerencia del representante Abril Tarache.
“En otras palabras, al ser irrelevante para el derecho punitivo la conducta que se atribuye al denunciado, inoficioso y desgastante resultaría ordenar el adelantamiento de una indagación que, para los fines perseguidos, no arrojaría ningún resultado”, agrega el auto.
Por esta razón la Sala de Casación Penal decidió inadmitir la denuncia que fue presentada contra Jorge Camilo Abril Tarache y ordenó archivarla.