28 de marzo de 2024 - 10:38 AM
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Rafael Nieto demanda la Ley de amnistía e indulto

Rafael Nieto Loaiza

Es importante resaltar que el código de infancia y adolescencia, la ley 1098 de 2006 es una norma de orden público y prevalece sobre las demás.

Por considerar que atenta contra los Derechos fundamentales de los niños, Rafael Nieto, precandidato a la Presidencia por el Centro Democrático, presentó ante la Corte Constitucional una demanda contra la Ley de amnistía e indulto.

Después de un riguroso estudio, realizado por un grupo de juristas, de la Ley 1820 de 2016 o Ley de amnistía y del Decreto 277 de 2017 que la reglamenta, Rafael Nieto concluyó que la misma no puede pasar por encima del Artículo 44 de la Constitución Política colombiana que consagra los derechos fundamentales de los niños, ni puede ir contra el Código de Infancia y Adolescencia contemplado en la Ley 1098 de 2006.

“Solicitaré la inconstitucionalidad de la Ley 1820 de 2016 (Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales y otras disposiciones), del Decreto 277 de 2017, (por el cual se establece el procedimiento para la efectiva implementación de la Ley 1820 del 30 de diciembre de 2016 «por medio de la cual se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales y otras disposiciones) y demás normas tramitadas con el “Procedimiento Legislativo Especial Para La Paz”  que otorguen beneficios a quienes hayan cometido delitos contra menores de edad”, argumenta Rafael Nieto.

El código de infancia y adolescencia establece claramente que cuando se trate de delitos de homicidio o lesiones personales bajo la modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad física y formación sexuales, o secuestro, cometidos contra niños, niñas y adolescentes no hay lugar para beneficios penales como la sustitución de la detención preventiva en establecimiento carcelario, la extinción de la acción penal en aplicación del principio de oportunidad, el subrogado penal de suspensión condicional de la ejecución de la pena, libertad condicional ni rebajas con base en preacuerdos.

La Ley 1820 y el decreto 277 de 2017 no tuvieron en cuenta estas normas y por lo tanto van en contravía y detrimento de los derechos de los niños.

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Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com