La corregidora de Santa Fe de Morichal dio cumplimiento a dos decisiones emitidas por las autoridades administrativas.
YOPAL
La primera de ellas la falló el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, dentro de la Acción popular 2014- 249, en la cual ordena prohibir actividades de cualquier tipo de construcción con fines urbanísticos, recreativos, comerciales o privados o de distritos de riego para cultivos, así como la tala y quema de la vegetación nativa y existente sobre la ronda protectora del caño Aguaverde en una franja de 50 metros, así como actividades de construcción de trinchos y desviación de canales.
La segunda la emitió el Tribunal Administrativo de Casanare dentro de la Acción popular 2015- 323, en la que ordena prohibir toda actividad de publicidad, promoción, parcelación, urbanización, compra y venta de lotes o parcelas en el Sector La Pedrera, de la Vereda El Picón; igualmente prohibir toda nueva actividad de ocupación y construcción de viviendas.
En este sector ningún proyecto de urbanización cuenta con las licencias y permisos requeridos por la Ley, por lo tanto, se catalogan “Urbanizaciones Ilegales”, dice la corregidora Yesenia Estupiñán.
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