Miguel Rodríguez realizó un convenio que no debía hacer con TGI.
La Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, en decisión de segunda instancia, confirmó la destitución e inhabilidad por diez años para desempeñar cargos y funciones públicas dictada contra Miguel Arturo Rodríguez Monroy, exdirector de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá.
Los hechos investigados se relacionan con la firma de un convenio de cooperación entre Corpoboyacá y la empresa Transportadora de Gas Internacional, TGI, suscrito en 2011, en el que la entidad se comprometió a asesorar a esa empresa, a cambio de una contraprestación económica, para la obtención de los permisos requeridos por ley para operar normalmente en un sector del departamento.
En el proceso, la Procuraduría determinó que no se podía suscribir ese convenio porque el objeto del mismo hacía parte de las funciones de Corpoboyacá y por ende no debía cobrar por los servicios acordados.
Por esa razón, la Procuraduría determinó que Rodríguez Monroy desconoció el principio de transparencia que regula la contratación estatal y los principios constitucionales de moralidad e imparcialidad que regula la función administrativa.
En su decisión, la Sala Disciplinaria confirmó la sanción de primera instancia consistente en destitución e inhabilidad para desempeñar cargos y funciones públicas por el término de diez años, al considerar la conducta del exdirector de Corpoboyacá como una falta disciplinaria gravísima cometida a título de culpa gravísima.
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