En Colombia, los trabajadores tienen derecho por ley a 15 días de vacaciones remuneradas por cada año laboral. Estos días pueden tomarse en su totalidad o de manera fraccionada, según lo que el trabajador considere más conveniente. Para aquellos empleados que laboran por días, las vacaciones se calculan proporcionalmente al tiempo trabajado.
Cabe señalar que los 15 días de vacaciones son días hábiles, lo que significa que no se cuentan los fines de semana ni los festivos. Por esta razón, en la práctica, el tiempo de descanso puede ser mayor. Muchos empleados aprovechan los días festivos para planificar sus vacaciones, extendiendo su descanso.
En 2025, Colombia contará con 16 días festivos, distribuidos en dos semestres: 9 días en el primer semestre (enero-junio) y 7 días en el segundo semestre (julio-diciembre). A continuación, se detallan las fechas de los días festivos para el próximo año:
Días festivos del primer semestre de 2025:
- 1 de enero: miércoles, Año Nuevo
- 6 de enero: lunes, Día de Reyes Magos
- 24 de marzo: lunes, Día de San José
- 17 de abril: jueves, Jueves Santo
- 18 de abril: viernes, Viernes Santo
- 1 de mayo: jueves, Día del Trabajo
- 2 de junio: lunes, Día de Ascensión
- 23 de junio: lunes, Corpus Christi
- 30 de junio: lunes, Día de San Pedro y San Pablo, y Día del Sagrado Corazón
Días festivos del segundo semestre de 2025:
- 7 de agosto: jueves, Batalla de Boyacá
- 18 de agosto: lunes, Asunción de la Virgen
- 13 de octubre: lunes, Día de la Raza
- 3 de noviembre: lunes, Día de los Santos
- 17 de noviembre: lunes, Día de la Independencia de Cartagena
- 8 de diciembre: lunes, Día de la Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre: jueves, Día de Navidad
Aprovechar los días festivos es una excelente manera de alargar las vacaciones y disfrutar de un descanso merecido, optimizando así el tiempo libre para los trabajadores.