Pese a esta decisión de archivar el proceso a favor del Alcalde, éste seguirá preso y su defensa insistirá en la libertad
El Fiscal Octavo de la Unidad de Lavado de Activos, precluyó una investigación por lavado de activos que adelantaba contra el alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres y su esposa Dora Emilce López, por el presunto delito de lavado de activos, por hechos de antes de 2005.
De acuerdo con la investigación y a las pruebas aportadas en el expediente, surtido bajo la cuerda procesal de la ley 600 de 2000, “para este delegado se encuentra demostrado que dentro de lo que le compete, esto es, examinar si existe un enriquecimiento ilícito hasta el 31 de diciembre de 2005 (es importante resaltar que la ley 906 de 2004 entró en vigencia en Yopal a partir del 1 de enero de 2006), los aquí vinculados no obtuvieron un incremento patrimonial injustificado y relevante para el derecho penal, razón por la cual encontramos que la conducta y el elemento normativo del tipo penal se encuentran ausentes, por lo menos hasta el 31 de diciembre de 2005”-
Según el Fiscal no se logró establecer que sus actividades fueran delictivas o que tuvieran algún nexo con grupos al margen de la ley, que ayudaran a incrementar su patrimonio para los años anteriores.
Y agrega el Fiscal que “Como constatación de lo anterior resaltamos el análisis que realizó en su momento la contadora de la Policía Nacional al aplicar el método renta por comparación patrimonial, indicando que respecto de Dora Emilce López Vega tan sólo aparece un incremento patrimonial por justificar de mil pesos para el año 2005”.
Y continúa en el escrito de preclusión: “Por otro lado respecto de este mismo análisis sobre Jhon Jairo Torres, se concluye que no se encontraron incrementos patrimoniales por justificar hasta el 31 de diciembre de 2005”.
En el resuelve el Fiscal compulsa copias a la Dirección de Fiscalías Especializada de Antinarcóticos y Lavado de Activos con el fin de que se inicie la respectiva indagación bajo la ley 906 de 2004, sobre el posible delito de enriquecimiento ilícito de Dora Emilce López correspondiente a los años 2006 y 2008 y del señor Jhon Jairo Torres, correspondientes a los años 2008 y 2010.
En el último resuelve dice el Fiscal que en firme la presente determinación archívense las presentes diligencias, previo informe al Grupo de Antecedentes de la DIJIN Y a Interpol Colombia para que actualicen los registros de las bases de datos.
Pese a esto, por el momento Jhon Jairo Torres seguirá preso, pues no hay claridad aún en lo que pueda pasar, pues es investigado por el mismo delito en un proceso que su defensa buscaba darle nulidad pero que hace pocas semanas el Tribunal confirmó lo actuado por el Juez de Conocimiento y decidió mantener una de las investigaciones por ley 906 de 2004.