23 de noviembre de 2024 - 4:10 AM
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Especial: Tragedia en Gaira ¿qué viene en el caso de Enrique Vives?

Luego de una extenuante, complicada,y saboteada semana de audiencias virtuales, que contó algunos días con la presencia de hasta 300 espectadores, la juez Olmis Cotes, del Juzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Santa Marta, dictó medida de aseguramiento en centro carcelario contra el empresario Enrique Rafael Vives Caballero por ser el presunto responsable de haber arrollado a siete personas en el sector de Gaira (Magdalena).

Seis de ellos fallecieron de manera inmediata y uno más se encuentra en estado crítico, en hechos ocurridos en la madrugada del pasado lunes.

La decisión, que fue aprobada por los representantes de las víctimas, la Fiscalía y la Procuraduría, fue apelada por el abogado Álex Fernández Harding, apoderado de Vives, y quien hoy expondrá los argumentos al respecto para controvertir el veredicto de la juez.

En el caso hipotético que surta la apelación, la decisión deberá ser definida por un juez de segunda instancia, mientras que,  de mantenerse en firme la decisión de recluirlo en la cárcel, en un plazo de 15 o 20 días, el abogado del sindicado tendrá la posibilidad de plantear una audiencia de revocatoria a la medida de aseguramiento.

La Fiscalía deberá presentar un escrito de acusación en un término de 45 días. Posteriormente se hará la audiencia preparatoria para darle lugar al inicio del juicio.

Enrique Vives fue acusado por el delito de homicidio en concurso homogéneo y sucesivo en la modalidad de dolo eventual. La pena va entre 208 meses a 450 meses, es decir entre 17 años y tres meses y 37 años y 5 meses de cárcel.

Argumentos de la juez

La juez Olmis Cotes, quien dictó medida de aseguramiento pasadas las 12 de la madrugada del domingo, consideró que el exceso de velocidad y el manejar en estado de alicoramiento fueron dos factores que influyeron en el trágico accidente.

“Esto fue una conducta grave, al conducir el vehículo a alta velocidad en ese sector, habiendo bebido sustancias alcohólicas, se dio el accidente con ese grave resultado que ocasionó la muerte a seis personas”, explicó.

Por otro lado, indicó que la velocidad máxima en el sector donde ocurrió el accidente es de 30 kilómetros por hora, por lo que consideró que si Enrique Vives no hubiere ido a “una alta velocidad” quizás “la tragedia no hubiera sido tan grande”.

Indicó que debido a que la vía no cuenta con un sistema de iluminación artificial óptimo, el sindicado tuvo que ser más prudente durante su conducción.

“Además, estaba con ingesta de alcohol”, aseguró la togada.

En esa misma línea, la juez manifestó que “la escena del lugar de los hechos, el cuerpo de las personas y el estado del vehículo en la parte frontal, totalmente deteriorada, hablan por sí solo del exceso de velocidad”.

Defensa de Vives. Álex Fernández Harding, abogado del indiciado, ha puesto a consideración el concepto técnico de un especialista en tránsito y transporte sobre lo ocurrido en Gaira.

En una extensa intervención en la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, el pasado sábado, el jurista buscó desdibujar el dolo como conducta punible en el accidente vial.

“Se trata de una vía nacional debidamente demarcada en dos carriles, con un área de berma establecida, de la fijación y los residuos ubicados en el lugar se establece con suficiencia que los peatones en carril el vehículo tipo camioneta se abalanzan sobre la vía vehicular (sic). Para los efectos, mi representado siguió su ruta, él no sufre desviación a izquierda o derecha, se mantuvo de manera frontal con percepción y centro de su vehículo sin invadir la berma dentro de esta calzada”, dijo el abogado.

“Mi representado jamás actuó con dolo puesto que de ninguna manera quería matar a esos jóvenes”, agregó.

Indicó que en consecuencia “lo que se podría acercar es a una circunstancia de culpa”. Sin embargo, sostuvo que esto también se debe someter a estudio.

Por otro lado, Fernández Harding presentó un informe técnico realizado por la empresa Unidad Privada de Investigaciones, con sede en Barranquilla, que concluyó que las causas del accidente fueron: “Imprudencia de los peatones hoy occisos por transitar por una zona prohibida para ellos, la falta de iluminación artificial en la vía y la poca visibilidad del conductor al momento en que se activaron los airbags, ocasionando una pérdida total de la visibilidad y de la maniobrabilidad del automotor”.

Hallazgos

La Fiscalía, a través de su directora en Santa Marta, Diana Quiñónez Daza, reveló detalles de los elementos probatorios a efectos de lograr la solicitud de medida de aseguramiento contra Enrique Vives.

Según el ente, “había una multitud de personas y los cuerpos regados en medio de la carretera, desmembrados varios de ellos, dejando la constancia de que en el platón de la camioneta en que se desplazaba el señor Vives Caballero se encontraba uno de esos cuerpos”.

Aunque no se dijo cómo habría ido a parar este cuerpo a la parte trasera del vehículo, se indicó, hipotéticamente, que el fuerte golpe lo habría levantado por los aires y en la caída fue a dar al platón, pues el automotor no se detuvo en el instante del primer impacto, sino que siguió la marcha.

Vives pidió perdón

El pasado viernes, en la audiencia de imputación de cargos, Enrique Vives Caballero, por primera vez desde lo ocurrido y con la voz entrecortada, les pidió perdón a las familias de la víctimas.

“Me duele a mí más que a otra persona“, dijo el empresario.

“Nunca en mi vida había tenido una situación como esta y el shock tremendo que he recibido es lo que me ha llevado a estar en una clínica a tener los tratamientos”, agregó en su momento.

Análisis

Por otro lado, el abogado penalista Francisco Bernate analizó los hechos del accidente y explicó por qué se trata de un hecho doloso y no como “imprudente”.

“Lo que sucede es que si se trata de un hecho que ha ocurrido en unas circunstancias en las que ese resultado era poco probable, es decir, era posible, hablamos de un hecho imprudente calificado por la embriaguez. Pero cuando las circunstancias nos dan a pensar que las posibilidades de que  ese resultado se acercara a la certeza, hablamos de probabilidad, como aquello que casi siempre ocurre y es allí donde viene el dolo eventual”, dijo en su cuenta de Twiiter.

“No se trata de un resultado querido o deseado o deliberadamente producido, sino de la asunción de un riesgo de tal nivel que la posibilidad de un resultado era próxima a la certeza. De manera que la calificación que se ha dado en este caso como un hecho doloso, a título de dolo eventual, se corresponde con el altísimo peligro creado con la conducta del actor”, expresó el jurista.

Barbosa elogió a la juez

El fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado,  destacó el trabajo realizado por la juez primera municipal de Santa, Marta Olmis Cotes, en el proceso judicial llevado a cabo contra Enrique Vives Caballero, por su responsabilidad en la muerte de 6 jóvenes en Gaira, arrollados por el vehículo que conducía.

El empresario fue cobijado con medida de aseguramiento intramural en una decisión tomada al filo de las 12 de la medianoche del domingo.

Barbosa exaltó el trabajo armónico de la juez con la Fiscalía y la judicatura y le expresó su agradecimiento por “su compromiso con la justicia”.
“El trabajo que realizó con la Fiscalía y la manera cómo condujo esta audiencia es muy importante para que la gente siga creyendo en la tarea que nosotros llevamos a cabo”, precisó. Finalmente, el fiscal general expresó sus sinceras condolencias a las familias de las seis víctimas de la tragedia.

Fuente, El Heraldo

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