9 de mayo de 2024 - 12:19 AM
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Condenan a médicos por homicidio de una odontóloga durante un procedimiento estético

Luego de ser vencidos en juicio por la Fiscalía General de la Nación,  el Juzgado 22 Penal del Circuito de Medellín, con funciones de conocimiento, sentenció a los médicos Carlos Alberto Ramos Corena y Ana María Socarrás espitia a una pena de 40 meses de prisión por el delito de homicidio culposo.

De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal seccional de la Unidad de Vida de Medellín, el 13 de agosto del año 2011, la odontóloga Tatiana Andrea Posada Jiménez, se sometió a una intervención quirúrgica para una mamoplastia de aumento con prótesis de silicona, liposucción abdominal e inyección en glúteos.

Varias horas después de la operación la paciente registró fuertes dolores y se comunicó con el médico Ramos Corena, quien le manifestó que los síntomas eran normales.

Cuatro días después de la operación, la mujer falleció en un centro asistencial debido a las complicaciones posquirúrgicas. De acuerdo con el dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la víctima murió por un “shock cardiogénico secundario a tromboembolismo pulmonar posterior a acto quirúrgico”.

La Fiscalía estableció que la operación fue acordada entre Ramos Corena y la hoy occisa por un valor de 8 millones de pesos, pero que la intervención quirúrgica fue realizada por la cirujana plástica Socarrás Espitia, quien nunca tuvo contacto directo con la paciente ni con su familia. El fallo establece que con esa conducta se violó el derecho de la paciente a elegir libremente al médico que le practicara la cirugía.

La judicatura explicó además que Ramos Corena no fue diligente, que minimizó los síntomas que se presentaron después de procedimiento quirúrgico y no prestó una atención oportuna y adecuada, lo que hubiera permitido advertir las complicaciones que se estaban formando.

La sentencia destaca también que hubo imprecisiones y yerros en la historia clínica después del postoperatorio y que el documento no expresa lo que realmente estaba ocurriendo.

A Ramos Corena y a Socarrás Espitia se les concedió la libertad condicional previo el pago de una caución equivalente a 3 salarios mínimos legales vigentes, cada uno, y no podrán ejercer la profesión médica por un período de 30 meses.

La decisión de primera instancia fue apelada por la defensa de los sentenciados ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.

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