
Si la Secretaría de Gobierno es la encargada de garantizar la convivencia en Yopal, alguien debería recordarles a sus funcionarios que las armas no son herramientas de resolución de conflictos. Un nuevo escándalo sacude la administración municipal: Yamir Córdoba, funcionario de la Alcaldía, desenfundó un arma en plena discusión con motociclistas, a pesar de que su vida no estaba en peligro y de que su contrato no lo vincula como escolta ni agente de seguridad, sino como responsable de desarrollar estrategias de prevención, articulación comunitaria y reducción de la violencia y la criminalidad.
El video del incidente muestra cómo la discusión con los motociclistas se torna acalorada, pero en ningún momento se observa una agresión física directa contra él. Sin embargo, Córdoba decide sacar su arma, enviando un mensaje preocupante: ¿La convivencia ahora se impone con intimidación? ¿Es este el modelo de seguridad y paz que promueve la Alcaldía de Yopal?
¿Cumple con su función o la contradice?
El caso de Córdoba plantea una pregunta clave: ¿Está cumpliendo con el objeto de su contrato o lo está violando? Su labor en la Secretaría de Gobierno está enfocada en la convivencia pacífica, pero en la práctica, parece más un agente de seguridad improvisado que un promotor de la paz.
No se justifica que un empleado del municipio saque un arma para pacificar una situación ilegal, como los piques, sin que su vida esté en peligro. Este acto contradice el objetivo de su labor, que es la prevención, articulación comunitaria y reducción de la violencia. ¿Realmente está cumpliendo con su función o está usurpando un papel ajeno?
Más preocupante aún es que este no es un caso aislado. Hace pocos meses, el anterior escolta del actual secretario de Gobierno usó su arma de dotación para asesinar a una joven antes de suicidarse. Un hecho trágico que debería haber encendido todas las alarmas sobre el manejo de las armas en la administración municipal.
Dos episodios tan graves en tan poco tiempo dejan una pregunta inquietante: ¿qué está pasando en la Secretaría de Gobierno? ¿Se trata de funcionarios que no entienden su rol o de una permisividad institucional donde el porte de armas se convierte en símbolo de poder?
¿Qué dice su contrato?
Según la Orden de Prestación de Servicios (OPS), al menos la de 2024, el objeto del contrato de Yamir Córdoba es desarrollar soporte operativo de prevención, articulación comunitaria y estrategias de intervención para la reducción de la violencia y la criminalidad, así como la promoción de la convivencia pacífica en el marco del Plan Integral de Convivencia, Seguridad Ciudadana, Justicia y Paz del municipio de Yopal. En ninguna parte del contrato se menciona que deba portar armas, actuar como escolta o desempeñarse como conductor. Sin embargo, su actuar parece contradecir completamente el propósito de su labor, convirtiendo lo que debería ser un trabajo de acercamiento comunitario en un ejercicio de intimidación y abuso de autoridad.
El contrato de Yamir Córdoba en 2024 tenía como objeto desarrollar soporte operativo de prevención, articulación comunitaria y estrategias de intervención para la reducción de la violencia y la criminalidad, así como la promoción de la convivencia pacífica en Yopal. Aunque este contrato no se pudo revisar en el SECOP , se presume que mantiene el mismo objeto, ya que su rol dentro de la Secretaría de Gobierno no ha cambiado. ¿O será que actualmente está operando sin contrato? Esa es otra pregunta que la Alcaldía deberá responder.
¿Está psicológicamente apto para portar un arma?
Más allá del debate sobre si debía o no desenfundar su arma, surge otra pregunta crucial: ¿Está este funcionario en condiciones psicológicas para portar un arma? Porque una persona con esta responsabilidad debe tener autocontrol, criterio y capacidad de manejo de crisis. Es como cuando alguien tramita una licencia de conducción: la prueba psicológica es clave, porque no cualquiera puede salir a manejar un carro y, si se molesta con otro conductor, lanzarle el vehículo encima.
Portar un arma no es un derecho absoluto, es una responsabilidad enorme, y el caso de Córdoba pone sobre la mesa la necesidad de evaluar si quienes las portan realmente tienen la estabilidad emocional y el entrenamiento adecuado para hacerlo.
¿Podría configurarse un delito?
En Colombia, el Código Penal establece que el uso indebido de un arma de fuego para intimidar a otra persona podría ser considerado amenazas, abuso de autoridad o incluso porte ilegal de armas, dependiendo del caso.
Si el funcionario no estaba en riesgo y utilizó el arma para amedrentar, podría haber incurrido en amenazas (artículo 347 del Código Penal), o si se considera un abuso de su cargo, en abuso de autoridad (artículo 416).
Además, si el arma no era de dotación oficial o no estaba permitida dentro de sus funciones, también podría investigarse porte ilegal de armas. Esto dependerá de la investigación que se realice y de si se comprueba que hubo una intención de intimidar sin justificación.
El silencio que preocupa
Hasta el momento, la Alcaldía no ha dado una respuesta clara sobre lo sucedido. ¿Se tomarán medidas o se hará la vista gorda? ¿Seguirán permitiendo que funcionarios que deberían trabajar por la paz terminen imponiendo el miedo?
Es necesario que la Alcaldía se pronuncie y actúe ante este tipo de comportamientos. La convivencia no debe imponerse con intimidación ni con el uso de armas, sino a través del diálogo y el respeto mutuo.
🔴 Lo cierto es que una función diseñada para la convivencia no puede convertirse en un pretexto para la intimidación. Si la Alcaldía no toma cartas en el asunto, estará enviando un mensaje claro: en Yopal, el orden no se garantiza con diálogo, sino con armas en mano.
Nota: En la mañana de este viernes 14 de marzo, el secretario de Gobierno de Yopal, Jorge Rodríguez, se pronunció sobre la situación. Ver nota anexa