23 de noviembre de 2024 - 7:51 PM
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¿Cuál es el alcance de la nueva ley de desconexión laboral?

La vida laboral de Jaime Rodríguez, quien trabaja como asesor en una empresa del sector financiero, tuvo un cambio drástico con la llegada de la pandemia y su paso al teletrabajo.

“Sentía que a pesar de estar en casa no descansaba bien, mi jefe me escribía por mensajería en mis horas de descanso para pedirme datos y tenía que buscarlos en el computador”, relata Rodríguez.

Además, debía entrar a reuniones virtuales en la mañana o en la tarde fuera del horario normal que tenía cuando trabajaba presencialmente.

“Sentía que el estrés por el trabajo me estaba agobiando y en ese momento también tenía mucho temor por la llegada de la pandemia, pues se sabía menos sobre ella y aún no había vacunas”, recuerda.

Jaime no era el único trabajador en Colombia que a mediados de 2020 atravesaba por esta situación, la cual aún se sigue presentando.

Precisamente las condiciones de estos trabajadores fue la inspiración de la iniciativa que se materializó en la Ley 2161 de enero de 2022, conocida como Ley de Desconexión Laboral.

“Fue justamente la implementación de estas modalidades de trabajo durante la pandemia las que motivaron la creación de la ley, con el fin de definir claramente las fronteras espaciales y temporales entre las esferas laboral y privada que casi habían desaparecido, especialmente durante las medidas de aislamiento restrictivo impuestas al principio de la pandemia, pero que aún hoy persisten”, afirma Charles Chapman López, fundador Chapman&Asociados y experto en temas laborales.

Explica que la desconexión laboral es un derecho que tiene todo trabajador público o privado a no ser contactado por su empleador por fuera de su jornada laboral o en sus vacaciones, descansos o licencias para cuestiones laborales y cualquiera que sea el medio utilizado, tecnológico o no.

“El empleador, por su parte, se debe abstener de dar órdenes, instrucciones u otro tipo de requerimientos al empleado por fuera de su jornada laboral. Lo anterior, para garantizar que el empleado pueda disfrutar efectiva y plenamente de su vida personal y familiar durante el tiempo de descanso, licencia, vacaciones y permisos”, indica.

Iván Daniel Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral y profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, asegura que se busca impedir que los empleadores contacten a sus trabajadores y ejerzan su poder subordinante más allá de los límites de la jornada de trabajo.

“La garantía del derecho a la desconexión está dada por la imposibilidad del empleador de contactar a los trabajadores para darles órdenes o instrucciones una vez termine la jornada de trabajo. La idea es privilegiar la limitación de jornada de trabajo ante el crecimiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones”, detalla el experto.

Reitera que la desconexión incluye todo tipo de mensajes fuera del horario laboral, bien sean por correo electrónico, mensajería instantánea u otro medio.

“Se debe evitar el contacto o comunicación con el trabajador una vez termina su jornada de trabajo para garantizar la efectividad de la limitación de la jornada y los tiempos de disponibilidad de los trabajadores”, sostiene.

Casos en los que no aplica

Jaramillo explica que hay casos en los que no aplica lo establecido en la Ley de Desconexión Laboral , tales como el de los trabajadores que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo.

“La Corte ha aclarado que la categoría de confianza y manejo no responde a una cláusula contractual, sino a la realidad de los niveles de jerarquía y manejo de los intereses económicos de la empresa, personas a cargo y posición dentro de la organización”, indica.

Además, están aquellos empleos que requieren de disponibilidad permanente como son los organismos de socorro y la fuerza pública.

También están casos de fuerza mayor o casos fortuitos en los que no hay alternativa y debe llamarse al trabajador por fuera de la jornada laboral.

Por su parte, Adriana Escobar, socia de CMS Rodríguez Azuero, recuerda que la jornada laboral ordinaria en Colombia corresponde a 8 horas diarias. “En caso de que la persona no haya pactado horas extras, después de esta jornada tendrá derecho a desconectarse en un 100 % de sus labores diarias”, agrega.

En Teletrabajo

Adriana Escobar señala que se debe tener presente que para el teletrabajo y el trabajo en casa, siendo modalidades de trabajo remoto, también aplica lo establecido en la ley.

“En el contrato de teletrabajo se pactan las condiciones de horario, si es convencional de ocho horas diarias o si es de confiabilidad y manejo. Tendrá los mismo efectos de desconexión”, indica.

Por su parte, Charles Chapman asegura que “en tanto que en estas modalidades de teletrabajo, trabajo en casa y trabajo remoto los empleados también están sujetos a límites en sus horarios y días de trabajo, esta ley de desconexión laboral aplica perfecta y cabalmente, sin matices”.

¿Qué puede hacer si su empleador no cumple con estas disposiciones?

El abogado experto en temas laborales Charles Chapman explica que la ley de desconexión laboral ratifica lo dispuesto en la Ley 1010 de 2006 (conocida como de acoso laboral), en el sentido de que su inobservancia podrá constituir una conducta de acoso laboral, siempre que sea persistente y demostrable. En estos casos el empleado también podrá acudir ante el Ministerio del Trabajo o la Procuraduría, según sea el caso, pues estas entidades tienen facultades sancionatorias contra los empleadores.

“Si algún empleado siente que su empleador está violando su derecho a la desconexión laboral podrá poner esto en conocimiento del Ministerio del Trabajo o de la Procuraduría  la situación. Estas entidades, luego del procedimiento administrativo correspondiente, podrán imponer la sanción pecuniaria o disciplinaria a que haya lugar si encuentran que la queja tiene sustento fáctico, probatorio y legal”, señala.

Si adicionalmente la conducta es persistente, demostrable, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia y dirigida a causar un perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir a la renuncia del mismo, entonces podría estar siendo víctima de acoso laboral y, en ese caso, podrá acudir ante el Comité de Convivencia Laboral de la empresa para que sea resuelto en esa instancia.

El profesor Iván Jaramillo recuerda que la ley establece que las organizaciones laborales deben adoptar una política de desconexión laboral para velar por la forma como se va garantizar este derecho, con un procedimiento interno para el cumplimiento y también para el trámite de las quejas relacionadas.

“Si se supera la delimitación de la jornada laboral se causan los derechos que tienen los trabajadores en jornada, es el caso de horas extras ya sean diurnas o nocturnas, y trabajo en días de descanso obligatorio. Las sanciones están dadas por el no pago de estos recargos que pueden llevar a moratorias por conceptos salariales”, añade.

Fuente; El Heraldo

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