29 de marzo de 2024 - 9:15 AM
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Se salvó el coleo: Corte Constitucional no lo considera maltrato animal

Coleo, una tradición en los llanos

POR VIVE EL META.COM

La Corte Constitucional resolvió una demanda en contra de la Ley 1774 de 2016, por la cual se establecieron sanciones hasta de 36 meses de prisión por el delito de maltrato animal, pero que exonera a quienes practican las corridas de toros, el coleo, las peleas de gallos y otras actividades de índole cultural. 

El argumento de la demandante era que no había justificación para no proteger a los animales que hacen parte de espectáculos propios de las tradiciones culturales de las regiones, como son los toros, los gallos, becerros, entre otros, a los que supuestamente se les desconoce su calidad de “seres sintientes”.

Sin embargo, ayer la Corte confirmó la posición que sentó en 2010 con la sentencia C-666 del mismo año, con la que desestimó la demanda por ir en contravía del derecho a las creencias religiosas y la cultura, como bien constitucional protegido.

De esa manera, confirmando la exclusión de las actividades con ‘arraigo cultural’ de las que serán penalizadas como maltrato animal, el alto tribunal puso fin a una discusión que por casi 10 años permaneció en la agenda de debate público.

La decisión ocurrió el pasado miércoles 27 de marzo.

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Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com