
Zonas seguras en Sogamoso
A partir del jueves 1 de agosto de 2024 la Alcaldía de Sogamoso, pondrá en marcha la estrategia de Zonas Seguras, destinada a proteger la integridad y la vida de las personas que visitan establecimientos dedicados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el municipio.
Esta iniciativa busca garantizar que dichos lugares operen bajo los más altos estándares de seguridad y calidad. El Decreto 210 establece una serie de requisitos para clasificar los establecimientos nocturnos en tres tipos de Zonas Seguras:
Tipo A: Incluye a aquellos establecimientos que cumplan con los requisitos del artículo 87 de la Ley 1801 de 2016, además de los especificados en el artículo 4º literal A del Decreto 210. Estos podrán operar hasta las 4:00 a.m. todos los días de la semana.
Tipo B: Comprende los comercios que cumplen con los requisitos del artículo 87 de la Ley 1801 de 2016 y los del artículo 4º literal B del Decreto 210. Estos establecimientos podrán extender su horario hasta las 2:00 a.m. los jueves, viernes, sábados y vísperas de festivos, y hasta las 12:00 a.m. el resto de los días.
Tipo C: Agrupa a los establecimientos que también cumplen con los requisitos del artículo 87 de la Ley 1801 de 2016, pero cuya operación se limita hasta las 12:00 a.m. cualquier día de la semana.
Beneficios para los Establecimientos
Los establecimientos certificados como Zonas Seguras A y B podrán ser destacados en las publicaciones oficiales de la Alcaldía Municipal y la Cámara de Comercio de Sogamoso, mostrando al público que cumplen con altos estándares de seguridad y calidad.
Sin embargo, el Decreto 210 excluye a las licoreras de esta clasificación, clasificándolas como tipo C. Las licoreras podrán operar hasta las 12:00 a.m. de lunes a jueves y hasta las 2:00 a.m. los fines de semana. Solo podrán vender bebidas embriagantes y alcohólicas para llevar, y se les prohíbe instalar mesas para atención al público, sonido interno o externo, y el consumo de bebidas en sus instalaciones o en el espacio público circundante.
Por otro lado, las tiendas que combinen la venta de víveres con bebidas alcohólicas tendrán un horario de funcionamiento hasta las 10:00 p.m. todos los días, siempre y cuando cumplan con los requisitos del artículo 87 de la Ley 1801 de 2016.

El programa de Zonas Seguras forma parte del Plan de Desarrollo 2024-2027, en el cual se contempla un programa de seguridad, orden y justicia para reducir los hechos violentos en el municipio. “Buscamos garantizar la seguridad y la integridad de las personas. Queremos que todos podamos disfrutar con tranquilidad y orden en los establecimientos nocturnos”, explicó Alexander Merchán, secretario de Gobierno.
Para obtener más información sobre cómo participar en esta iniciativa, los interesados pueden presentar sus requisitos y acercarse a la Secretaría de Gobierno.
A través del siguiente enlace podrán descargar el decreto 210 de 2024 https://www.sogamoso-boyaca.gov.co/normatividad/decreto-no-210-de-2024-por-medio-del-cual-se-establecen FIN/SAYA. Oficina TIC y Comunicaciones.