La resolución del Tribunal destaca el artículo 40 de la Constitución Política el cual se refiere a la confrontación del poder político
En las últimas horas, el Tribunal Superior de Bogotá concedió una tutela que busca abrir la posibilidad de que se realice un debate entre los dos candidatos a la Presidencia, Gustavo Petro y Rodolfo Hernández antes del 16 de junio, una fecha casi que inmediata, pues las elecciones se llevarán a cabo el próximo domingo 19 de junio.
De acuerdo al documento presentado por el Tribunal, el derecho que fue tutelado fue el de «confrontación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política».
«Se le ordena a los candidatos Rodolfo Hernández y Gustavo Petro, que dentro del término de 48 horas a la notificación se realice un debate presidencial con las reglas y los temas que estos señale en la solicitud”, señala el documento.
De igual manera, los candidatos podrán acordar a través de qué medio de comunicación realizar el debate, sin embargo, el fallo vincula al Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia (Rtvc), por lo que, hasta el momento, se perfila como el seleccionado para llevarlo a cabo.
A través de sus redes sociales, Catalina del Pilar Sánchez y Mauricio Urquijo, quienes presentaron el requerimiento, celebraron la decisión del Tribunal.
Tras conocerse la decisión, las reacciones desde diferentes aristas no se hicieron esperar. Por ejemplo, el líder del Pacto Histórico comentó a través de su cuenta de Twitter: «La justicia ha ordenado realizar el debate presidencial entre candidatos. Es el derecho del pueblo. Estoy listo para ello».
Cabe recordar que ambos candidatos anunciaron que no asistirían a debates en diferentes momentos. El primero en hacerlo fue Gustavo Petro, quien anunció el 21 de marzo a través de sus redes sociales que suspendía su presencia en debates electorales «hasta que se garantice la transparencia al voto. Actuaremos con prudencia máxima y pedimos veedurías internacionales actuar con prontitud». Sin embargo, el exalcalde de Bogotá asistió posteriormente a debates televisivos.
Por su parte, el aspirante de la Liga de Gobernantes Anticorrupción, anunció el 2 de junio, después de conocerse los resultados de la primera vuelta que: «no asistiré a debates porque no voy a ser partícipe de estas dinámicas polarizantes y de odio. Presentaré mis ideas y propuestas en entrevistas y en mis redes sociales, hablando con los colombianos. Es momento de dejar de dividir y trabajar en la unión que necesita Colombia».
Respecto a esta resolución, el abogado experto en derecho constitucional, Juan Manuel Charry, dijo a la FM que, desde su perspectiva, es una «es una decisión que interviene indebidamente en política».
«Desde hace mucho tiempo se ha abierto el activismo judicial, que es un juez que va mas allá de sus funciones, suma condicionamientos y modulaciones y se está convirtiendo en un actor político», agregó.
Así mismo, Charry explicó qué podría suceder en caso de que alguno de los candidatos (o ambos) no asista al debate, pues tras la decisión, su asistencia debe ser obligatoria.
«Se abriría un incidente de desacato y el candidato debería explicar las razón de su no asistencia y se estudia si son justificables o no; se pueden imponer sanciones de seis meses de prisión y hasta 20 salarios mínimos», señaló el experto.
De igual manera, el abogado experto explicó que en caso de los debates presidenciales, a diferencia de los debates en el Congreso, no es un deber de los aspirantes, pues estos asisten a los medios de comunicación para exponer sus propuestas y contrastar sus ideas, mientras que, en el legislativo, se debaten proyectos de ley.
Desde ya, el debate por orden de una tutela se convierte en una polémica, pero también sienta un precedente para las futuras elecciones, pues podría marcar una diferencia no solo en las presidenciales de esta semana, sino también en las contiendas regionales el próximo año.
Conozca aquí la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá.
Fuente: Asuntos Legales
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