
Los trabajadores colombianos, tanto del sector público como privado, podrán participar libremente en las jornadas de movilización convocadas para los días 28 y 29 de mayo, sin temor a represalias, descuentos salariales o sanciones laborales.
Así lo reiteró el Ministerio de Trabajo mediante una circular dirigida a entidades de la Rama Ejecutiva, empleadores, trabajadores y ciudadanía en general, en la que se enfatiza el respaldo constitucional y legal que garantiza este derecho.
“El Ministerio podrá iniciar investigaciones administrativas ante cualquier vulneración de los derechos laborales durante estas jornadas”, indicó la cartera en su comunicado.
Garantías constitucionales y canales de denuncia
El pronunciamiento recuerda que el derecho a la protesta y la manifestación pacífica está amparado por la Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo, tratados internacionales ratificados por Colombia y fallos de la Corte Constitucional, como la Sentencia C-009 de 2018.
La entidad también instó a los trabajadores que se consideren afectados a reportar cualquier irregularidad, incluso de forma anónima, a través de los canales institucionales habilitados, con el fin de activar los mecanismos de protección y verificación.
“Las garantías constitucionales deben prevalecer sobre cualquier disposición que limite el derecho a la libertad de expresión, reunión y manifestación pública”, añadió el Ministerio.
Finalmente, el Gobierno recordó que la participación en las marchas no debe comprometer las condiciones mínimas de vida de los trabajadores, ni generar consecuencias adversas en su entorno laboral, reafirmando su papel como garante de un Estado social y democrático de derecho.