El Tribunal Administrativo de Casanare falló en primera instancia la demanda interpuesta por el ciudadano Camilo Andrés Delgado Garzón contra la curul de la Diputada Lady Patricia Bohórquez Cuevas en el marco del proceso de pérdida de investidura.
El demandante argumentó que Bohórquez Cuevas tenía en su contra procesos de responsabilidad fiscal en la Contraloría y ante esto debió declararse impedida para participar en la elección de Contralora que se realizó este año; reza el documento de 28 hojas que la Diputada fue advertida por los Diputados Zoraida Barreto y Carlos Fredy Mejía sobre los problemas que traería participar en la elección pero aun así votó en la sesión.
Como no se declaró impedida, Bohórquez Cuevas incurrió en la causal de pérdida de investidura prevista en el numeral 1 del artículo 48 de la ley 617 del 2000.
Así las cosas y tras completar el análisis del caso el Magistrado José antonio Figueroa Burbano, decretó la pérdida de investidura como Diputada para el periodo constitucional 2020 – 2023, también ordenó comunicar la decisión a la mesa directiva de la Asamblea Departamental, al Consejo Nacional Electoral y a la registraduría Nacional para los trámites concernientes a su cargo.