La secretaría de Salud de Yopal, presentó el segundo informe que aclara la posible causa de la muerte de otro menor, ocurrida hace unos días.
El Comité de Vigilancia Epidemiológica estudió y analizó los dos casos de muerte probable por enfermedad diarreica, de dos menores en Yopal, descartando que sus muertes se hubieran presentado por estas causas.
Según comunicado de prensa de la Alcaldía de Yopal, este Comité, respetando la privacidad de la historia clínica y la custodia legal de los datos, realizó las siguientes conclusiones y recomendaciones:
1. Que según el análisis realizado por este Comité y el Instituto Nacional de Salud, se descartó el primer caso, el cual ya fue ajustado en el SIVIGILA. Este obedeció a un caso de maltrato infantil por negligencia, asociado a otras enfermedades.
2. Por otra parte, conforme al análisis del segundo caso realizado por el Comité y con el apoyo del Instituto Nacional de Salud, este caso se descarta, por lo cual será ajustado en el SIVIGILA. Este obedeció a un caso de intoxicación medicamentosa, aunado a otras patologías.
3. Se informa a la comunidad que a la fecha no se han notificados nuevos casos de probable mortalidad, asociada a la Enfermedad Diarreica Aguda.
4. De los dos casos se generó un Plan de Mejoramiento por parte del Comité, para las Instituciones de Salud y la comunidad del municipio de Yopal, donde se destacan las siguientes recomendaciones:
– Se debe fortalecer la estrategia AIEPI – IAMI Integral por parte de las Instituciones de Salud.
– Mejorar la adherencia a los protocolos de atención tanto en las instituciones públicas como privadas.
– Implementar en los programas de Promoción y Prevención los nuevos patrones de Crecimiento para la clasificación nutricional en los menores de 18 años.
– Fortalecimiento de acciones de inspección, vigilancia y control por parte de la Secretaria de Salud Departamental a las Droguerías, en cuanto a la prohibición de la prescripción de medicamentos por personal no idóneo y/o la administración de medicamentos sin fórmula médica.
– Las IPS deberán realizar el reporte de fármaco-vigilancia sobre los eventos medicamentosos que se presentan tanto al INVIMA como a la Oficina de Control de medicamentos de la Secretaria Departamental de Salud.