La Empresa de Energía del Casanare ENERCA S.A. E.S.P., teniendo en cuenta la Resolución CREG 035 del 28 de marzo del 2020, no realizara suspensiones del servicio público de gas natural a los usuarios que no cuenten con la certificación de conformidad de la instalación interna (Revisión Periódica), igualmente procederá a restablecer el servicio quien lo tenga suspendido por revisión periódica, siempre y cuando no se evidencie un defecto crítico.
Al encontrarse un defecto crítico (escape, tuberías expuestas, válvulas con paso, accesorios mal ajustados, etc.), se realizara la reconexión si el usuario hace las reparaciones a su instalación.
Una vez vencido el periodo de vigencia del aislamiento preventivo obligatorio, deberá proceder a la programación, revisión y certificación de la instalación interna de gas, dentro de los seis (6) meses siguientes a dicho vencimiento.
Es obligación del usuario del servicio público de gas combustible dar aviso a ENERCA S.A.,E.S.P, LINEA DE EMERGENCIAS 115, en el evento en que detecte alguna anomalía en su instalación interna de gas combustible, que pueda poner en riesgo, no sólo su salud, vida y bienes, sino la de los ciudadanos en general, y afectar el medio ambiente. Que con gusto se atenderá bajo los protocolos de bioseguridad COVID-19.
Si el resultado de la atención de una situación de emergencia reportada por un usuario, se encuentre un defecto crítico en la instalación interna del usuario, ENERCA S.A., E.S.P., suspenderá el servicio, y sólo se reconectará una vez el usuario haya efectuado las reparaciones a que haya lugar para subsanar el defecto que motivó la suspensión.