• Inicio
lunes, mayo 4, 2026
  • Login
  • Register
No Result
View All Result
Las Chivas Del llano
  • Inicio
  • Noticias de Yopal
  • Noticias de Casanare
  • Noticias de Boyacá
  • Noticias de Colombia
  • El Visitante
  • Noticias Internacionales
Las Chivas Del llano
No Result
View All Result
Home Noticias de Colombia

Empleadores no podrán asignar cargas diferentes a teletrabajadores

«Derechos de los trabajadores no son negociables”: Ministro Ángel Custodio Cabrera
Share on FacebookShare on Twitter
Compartir esta Noticia

Los empleadores no podrán asignar cargas de trabajo diferentes a las que correspondan dentro de la jornada laboral; igualmente, deben respetar el trabajo en los días pactados, y el empleado tendrá que atender de manera prioritaria en su horario laboral los correos electrónicos y mensajes vía whatsapp.

Estas son algunas de las directrices que imparte, en la circular 0041 de 2020, el Ministerio del Trabajo, respecto del ‘trabajo en casa’.

“En el ‘trabajo en casa’, la relación laboral permanece vigente, así como las garantías laborales, sindicales y de seguridad social y no puede haber disminuciones unilaterales de salario so pretexto de que el trabajo se desarrolla en casa”, señaló, en rueda de prensa virtual, el titular de la cartera laboral, Ángel Custodio Cabrera.

La nueva modalidad de ‘trabajo en casa’, que ha tomado fuerza dada la nueva dinámica laboral que se ha generado por la pandemia del covid- 19, busca que no se interfiera en los espacios personales y familiares del trabajador, evitar que los fines de semana y días de descanso se soliciten tareas y se respete la vida personal y los descansos a los que este tiene derecho.

En materia de riesgos laborales, se socializa que el empleador debe incluir el ‘trabajo en casa’ dentro de su metodología para la identificación, evaluación, valoración y control de los peligros y riesgos de la empresa. Así mismo, adoptará las acciones que sean necesarias dentro de su plan de trabajo anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

A su vez, se debe notificar a la Administradora de Riesgos Laborales la ejecución temporal de actividades del trabajador desde su casa, indicando las condiciones de modo, tiempo y lugar.

Por su parte, las Administradoras de Riesgos Laborales incluirán el ‘trabajo en casa’ dentro de sus actividades de promoción y prevención; de igual forma, suministrarán soporte al empleador sobre la realización de pausas activas, las cuales deben incluirse dentro de la jornada laboral de manera virtual, ya sea mediante videos o videoconferencia.

El empleador deberá realizar una retroalimentación constante con sus trabajadores sobre las dificultades que tenga para el desarrollo de su labor y buscar posibles soluciones, así como hacer un seguimiento a sus trabajadores sobre su estado de salud y las recomendaciones de autocuidado para prevenir el contagio de covid-19, conforme a las recomendaciones realizadas por las diferentes entidades del Estado dentro de los protocolos expedidos para ello.

Los trabajadores deberán cumplir desde casa las normas, reglamentos e instrucciones de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, y procurar desde su casa el cuidado integral de su salud, así como suministrar al empleador información clara, veraz y completa sobre cualquier cambio de su estado de salud que afecte o pueda afectar su propia capacidad para trabajar, o la de otros trabajadores o la del empleador.

Sugiere que el empleador debe contar y dar a conocer a los trabajadores los mecanismos de comunicación, como correos electrónicos y líneas telefónicas directas, en las que se podrá reportar cualquier tipo de novedad derivada del desempeño de sus labores en ‘trabajo en casa’. De igual manera, instruirá a los trabajadores sobre cómo se debe efectuar el reporte de accidentes o incidentes de trabajo.

Valor del auxilio de transporte aplicará para conectividad

Adicionalmente, en el Decreto 771 del 3 de junio del presente año, el Gobierno Nacional establece que, de manera temporal y transitoria, mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus covid-19, el empleador deberá reconocer el valor establecido para el auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital a los trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes y que desarrollen la labor en su domicilio.

Aclara que el respectivo auxilio de conectividad no será aplicable para los trabajadores que se desempeñan en la modalidad de teletrabajo, a quienes les seguirán siendo ajustables las disposiciones de la Ley 1221 de 2008.

Dato

Es importante tener en cuenta la circular número 21 de 2020 sobre ‘Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención del covid- 19 y de la declaración de emergencia sanitaria’, en la cual se señala que el ‘trabajo en casa’ es una modalidad de trabajo ocasional, temporal y excepcional.

Editor Chivas

Editor Chivas

Noticias Relacionadas

Muerte de la comandante de Policía en Providencia: Videos y chats revelan presunto acoso sistemático
Destacadas

Muerte de la comandante de Policía en Providencia: Videos y chats revelan presunto acoso sistemático

05/04/2026
Selección Casanare Sub-15 viaja a Bogotá por el cupo a la final del Torneo Nacional de Fútbol
Destacadas

Selección Casanare Sub-15 viaja a Bogotá por el cupo a la final del Torneo Nacional de Fútbol

05/04/2026
Casanare de luto: Una familia de profesionales de la salud fallece en accidente vial
Destacadas

Casanare de luto: Una familia de profesionales de la salud fallece en accidente vial

05/04/2026
Encuesta Centro Nacional de Consultoría (CNC) para CAMBIO: Cepeda sigue arriba, Abelardo se encarama en la derecha, Paloma se retrasa en el vuelo
Destacadas

Encuesta Centro Nacional de Consultoría (CNC) para CAMBIO: Cepeda sigue arriba, Abelardo se encarama en la derecha, Paloma se retrasa en el vuelo

05/03/2026
La estafa que cometió abogada contra ciudadanos en Antioquia y valle del Cauca
Destacadas

La estafa que cometió abogada contra ciudadanos en Antioquia y valle del Cauca

05/02/2026
Encuesta Atlas-Intel: Iván Cepeda, Abelardo de la Espriella y Paloma Valencia lideran intención de voto para 2026
Destacadas

Encuesta de Guarumo abril 2026: Cepeda 38 %, De la Espriella 23,9 % y Paloma 22,8 %; en segunda vuelta, Valencia derrota a Cepeda y Abelardo lo empata

04/30/2026
  • Inicio
  • Noticias de Yopal
  • Noticias de Casanare
  • Noticias de Boyacá
  • Noticias de Colombia
  • El Visitante
  • Noticias Internacionales

© 2026 Las Chivas del Llano del llano - Noticias de Casanare - Implentado por TEG Camilo Fonseca.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password? Sign Up

Create New Account!

Fill the forms bellow to register

All fields are required. Log In

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Noticias de Yopal
  • Noticias de Casanare
  • Noticias de Boyacá
  • Noticias de Colombia
  • El Visitante
  • Noticias Internacionales

© 2026 Las Chivas del Llano del llano - Noticias de Casanare - Implentado por TEG Camilo Fonseca.