25 de abril de 2024 - 4:56 AM
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El 31 de marzo vence el plazo para renovar Registro Mercantil

YOPAL

El Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Casanare, Carlos Rojas Arenas, explica la manera en que debe renovarse el Registro Mercantil, cuyo plazo para hacerlo vence el próximo 31 de marzo.

Dijo que ahora se puede hacer por internet y por transacción electrónica.

El próximo domingo 31 de marzo vence el plazo para renovar la Matrícula Mercantil. El presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Casanare (CCC), Carlos Rojas Arenas, hizo un llamado a los empresarios y comerciantes para que se acerquen a cumplir este deber como está establecido en el Código de Comercio, articulo 33. Además porque al estar vigente el registro proporciona seguridad y confianza con los clientes y proveedores, se tiene una trayectoria con el nombre comercial, ofrece la posibilidad de contratar con el Estado, entre otros beneficios.

El tejido empresarial de la CCC, lo componen a 31 de diciembre de 2018: 21.348 personas naturales y jurídicas, hasta el momento han renovado 8 mil, por ello la entidad gremial dispuso de realizar jornada continua de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche en la oficina principal Yopal y las sedes de Villanueva, Tauramena, Aguazul y Paz de Ariporo. También se puede hacer el proceso por internet en www.cccasanare.co Servicios en Línea.  Y para los empresarios que integran la Red de Afiliados renovación a domicilio en el PBX 6345955 extensión 1112, móvil 3125028511.

Al igual que el Registro Mercantil, también se deben renovar las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL), Nacional de Turismo (RNT) y el Registro Único Nacional de Operadores de Libranza (RUNEOL) y el registro Único de Proponentes (RUP) que el plazo vence 5 de abril.

Sanciones por no renovar

La ley ha establecido que compete a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) imponer sanciones, cuando la obligación no se cumpla, según lo dispone el Código de Comercio por  17 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir un poco más de 14 millones de pesos.

Es importante tener en cuenta, también, que el artículo 31 la ley 1727 de 2014 ordena a las Cámaras de Comercio depurar del Registro Mercantil a las empresas que en el lapso de los últimos cinco (5) años no hayan cumplido con la obligación de renovar su Matrícula Mercantil.

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Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com