YOPAL
De acuerdo a la resolución 2438 del 12 de junio del 2018 del Ministerio de Salud y de la Protección Social se determinó el cambio del procedimiento para la solicitud de procedimiento y de medicamentos del no pos, por parte del usuario a la EPS.
Con base en dicha resolución la Secretaria de Salud del departamento de Casanare expide también la resolución 008 del 2019 en la que determina que a partir del 1 de febrero del presente año se debe aplicar este procedimiento a través de la plataforma digital del Ministerio de Salud – MIPRES-.
Es así como a partir de esta fecha el paciente no debe radicar este tipo de documentos en las oficinas de Capresoca, es el profesional tratante quien debe a través de la plataforma MIPRES, realizar la solicitud de procedimientos o medicamentos que no estén contemplados en el plan obligatorio de salud.
A partir del momento de la solicitud la EPS tiene 5 días para dar respuesta al usuario de la solicitud realizada si el procedimiento se ajusta de acuerdo a lo ordenado por el médico tratante y descrito en la Justificación de acuerdo al formato.
Algunos procesos ordenados por el medico tratante de la IPS requerirán aprobación por Junta Medica de la IPS o a la que derive su EPS y este proceso tendrá una duración de 5 días para su aprobación o negación la cual se noficara vía e-mail o telefónicamente al usuario.
En comunicado de prensa agrega la entidad: «La EPS Capresoca solicita a los afiliados realizar la actualización de datos en la oficina de su municipio donde estén afiliados, toda vez que contar con los números telefónicos o correos electrónicos nos permite cumplir con la normatividad y mejorar el servicio a nuestros usuarios».