23 de noviembre de 2024 - 10:50 PM
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Andrés Felipe Arias podrá impugnar su condena

Andrés Felipe Arias

Este jueves fue  un día decisivo para el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias quien se encuentra detenido desde julio del año pasado en el Cantón Norte, cuando volvió a Colombia tras ser extraditado de Estados Unidos, para pagar en el país la pena de 17 años a la que fue condenado en el 2014 por el caso de corrupción de Agro Ingreso Seguro. 

Desde las 9 y 15 de la mañana la Corte Constitucional estaba revisando una tutela en la que él pidió que se le permita interponer un recurso contra el fallo que lo condenó en única instancia.

Sobre la 1 y 30 de la tarde de este jueves, la Corte Constitucional tomó la decisión de permitirle a Arias el derecho a impugnar su fallo condenatorio. 

Así, la mayoría del alto tribunal aseguró que, en efecto, se le había vulnerado el derecho al debido proceso cuando fue condenado a única instancia.

La decisión se tomó con cinco votos a favor de concederle a Arias la impugnación, contra cuatro. Los magistrados que salvaron su voto fueron Antonio José LIzarazo, Alejandro Linares, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos. 

La magistrada a quien le correspondió revisar la tutela de Arias es Diana Fajardo, quien, según fuentes del alto tribunal, les habría presentado a sus ocho compañeros de la Sala Plena una ponencia en la que le concede a Arias su derecho de presentar un recurso contra su fallo condenatorio. 

Además del caso Arias, para el que para la mayoría de magistrados estaba claro que debía tener una revisión de su condena -porque ese ha sido un derecho reconocido a nivel internacional para todos los ciudadanos y porque la misma Corte Constitucional ha venido garantizándolo en fallos anteriores- lo que está en juego es la situación de al menos 230 personas a las que, como el exministro, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó en única instancia.

Desde 1991 hasta el 2018, cuando entró en vigencia la ley de doble instancia que creó el Congreso para que, a futuro, los aforados pudieran tener dos instancias en la Corte Suprema de Justicia, la Sala de Casación Penal de esa corporación condenó a unos 230 aforados (altos funcionarios como ministros, fiscales, congresistas, entre otros) en única instancia.

La razón es que esas eran las reglas de juego que permitía la Constitución y la ley: que los altos funcionarios no tuvieran dos instancias -como cualquier ciudadano- sino que fueran juzgados y se emitiera en sus casos un único fallo, sin posibilidad de apelación, bajo la garantía de ser juzgados por el máximo órgano de la justicia penal. 

Como la Corte Constitucional concedió la tutela de Arias, que ya había sido negada tres veces por las diferentes salas de la Corte Suprema (laboral, penal y civil), los expertos coinciden en que, por el principio de igualdad, los demás condenados en única instancia tendrían el mismo derecho de presentar un recurso contra su sentencia condenatoria.

Así, dentro de esas 230 condenas que la Sala Penal ha dictado hay casos de la parapolítica, la Yidispolítica, las chuzadas del DAS, o la narcopolítica.

Aunque ya se conoció la decisión, aún falta que el alto tribunal explique los detalles de su fallo y sus implicaciones.  Por ejemplo,  la Corte Constitucional tendrá que dejar claro es cuál será el mecanismo para presentar esas impugnaciones y quiénes serían los encargados de resolverlo, pues varios expertos han dicho que hoy por hoy no hay ninguna instancia que sea considerada como superior jerárquico de la Sala Penal.

Pero la otra duda es cuál será el efecto sobre las sentencias: si se permite una revisión, que en principio no tumbe la cosa juzgada, o si se reabre el caso suspendiendo la condena.

Esa diferenciación es clave ya que si se permitiera que las condenas proferidas por la Sala Penal en única instancia queden suspendidas, esto podría llevar a que muchos de esos procesos prescriban -porque ya se cumplió el tiempo máximo para tomar una decisión definitiva-, los que fueron condenados terminen absueltos, y otros pidan su libertad.

Es lo que preocupa a organizaciones que han señalado que esto llevaría a la impunidad en casos que ya estaban decididos, como el de todos los congresistas y gobernadores condenados por parapolítica, uno de los capítulos más dolorosos y vergonzosos en la historia del país.

Fuentes de la Corte aseguran que para impedir que haya una suspensión de la condena, algunos magistrados consideran que a Arias -y por efecto, a los demás que estén en sus condiciones- se le debería conceder la doble conformidad y no la doble instancia, porque la doble instancia sí permitiría esa suspensión de la condena y podría traer ese temido efecto de impunidad.

El mecanismo que les habría planteado la ponencia de la magistrada Diana Fajardo a sus compañeros era darle una  revisión especial, por favorabilidad -es decir, que se pueda acoger a la ley más favorable- con una impugnación que no suspenda la sentencia de la Sala Penal, dejando vigente a la condena impuesta para evitar el fantasma de la prescripción y la libertad inmediata. Es así como la magistrada, según funtes, propuso darle la doble conformidad, algo que habría tenido la acogida de la mayoría de magistrados, con un recurso de revisión, y no de apelación.

Otro punto de debate de la ponencia es si esa revisión sólo se aplica para quienes aún están detenidos y no para quienes ya pagaron su condena.

¿Quiénes podrían pedir una revisión de su condena?

Como la Corte Constitucional le concedió Andrés Felipe Arias la revisión de su condena, son varios los sentenciados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que, por igualdad, podrían pedir ese mismo recurso.

En la parapolítica, podrían impugnarse fallos de única instancia como los de los exgobernadores y excongresistas condenados por apoyar a los paramilitares, como el exgobernador Salvador Arana, el exsenador Álvaro Araújo, Mario Uribe Escobar (primo del expresidente Uribe), el exgobernador de Casanare Óscar Leonidas Wilches, o el del Valle, Juan Carlos Martínez Sinisterra. Otro que podrían apelar por sus fallos por parapolítica son los exgobernadores Hugo Aguilar, Witman Herney Porras, entre otros.

En la denominada narcopolítica se reabrirían casos como el del exfiscal Guillermo León Valencia Cossio, condenado por favorecer a narcotraficantes. Incluso, podría ser apelado el fallo condenatorio de 30 años contra el general (r) Miguel Alfredo Maza Márquez por el magnicidio de Luis Carlos Galán.

En las ‘chuzadas’ se podrían apelar las condenas de 14 años contra María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS, o el exsecretario de Palacio, Bernardo Moreno. Otro condenado por las chuzadas que podría apelar es el exdirector del DAS, Jorge Noguera Cotes, condenado por esas escuchas y por el homicidio del profesor Alfredo Correa de Andréis.

En el ‘carrusel de contratos’ podría pedirse la revisión de la condena de 14 años de prisión contra el exsenador Iván Moreno, hermano del alcalde Samuel Moreno.

Y en la Yidispolítica, también se podrían reabrir los procesos contra los exministros Diego Palacio, Sabas Pretelt y el exsecretario de Presidencia Alberto Velásquez, condenados por ofrecer dádivas a cambio de que congresistas votaran a favor de la reelección del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Fuente, JUSTICIA – @JusticiaET

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Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com