
Mauricio Rivera, Defensor del Pueblo de Casanare
Yopal, Casanare – El Defensor del Pueblo de Casanare, Mauricio Rivera Parra, se encuentra en el ojo del huracán tras ser sancionado con una multa de más de 14 millones de pesos por conducir bajo los efectos del alcohol y causar un accidente de tránsito. El incidente, que ha causado indignación en la ciudadanía, se registró el pasado viernes 1 de agosto cerca del antiguo Hospital de Yopal.
La polémica crece al conocerse que Rivera Parra es el esposo de la senadora Sonia Bernal Sánchez, lo que añade un componente político al escándalo. Según información registrada en el sistema del SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito), el funcionario recibió un comparendo de tipo F, el cual se impone en casos de alta gravedad como la conducción en estado de embriaguez.
Este hecho ha levantado una ola de críticas, ya que el funcionario tiene como misión proteger los derechos y el bienestar de los ciudadanos. La falta de coherencia entre su rol institucional y su comportamiento personal ha sido el principal motivo de la polémica.
Ni la Defensoría del Pueblo ni Rivera Parra se han pronunciado sobre el suceso. Mientras tanto, en la opinión pública crece el clamor por sanciones ejemplares y transparencia en la conducta de los servidores públicos.

Análisis de la falta
La falta cometida, según lo registrado en el comparendo, es una infracción de tipo F. Esta categoría se aplica a las faltas más graves en materia de tránsito. La descripción de la infracción es clara y contundente: «Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.»
Esto establece que el conductor, cuyas iniciales coinciden con las del funcionario, estaba manejando su vehículo en un estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas. Esta es una conducta de alto riesgo que no solo pone en peligro la vida del conductor, sino también la de otros actores viales, lo cual justifica su clasificación como una falta grave. El comparendo también menciona que el estado de embriaguez se establecerá mediante una prueba determinada por el Instituto de Medicina Legal, lo que indica que se siguió el procedimiento legal estándar.
Análisis de la sanción
La sanción impuesta es de carácter económico y administrativo, y tiene un valor de $14.494.320. Este monto corresponde a la multa establecida por la ley para este tipo de infracción.
Además de la multa, el comparendo detalla otras consecuencias graves de esta falta, que aplican a cualquier conductor:
- Suspensión de la licencia: La infracción conlleva la suspensión de la licencia de conducción, cuyo periodo se determina según el grado de alcoholemia detectado.
- Inmovilización del vehículo: El documento indica que en todos los casos de embriaguez o alcoholemia, el vehículo será inmovilizado.
Es importante destacar que el comparendo aclara que si se trata de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción, la multa y el periodo de suspensión de la licencia se duplican. Sin embargo, en los documentos se especifica que el vehículo del infractor es de «servicio particular», lo que significa que la sanción no se duplica en este caso.
En resumen, los documentos confirman que la sanción es severa y corresponde a una infracción de alta gravedad, y su imposición está debidamente justificada por la conducta de conducir bajo los efectos del alcohol, lo cual es considerado un delito grave y de alto riesgo en la normativa de tránsito.
Análisis del caso desde la perspectiva disciplinaria
El comportamiento del Defensor del Pueblo en Casanare, Mauricio Rivera Parra, podría acarrear una investigación disciplinaria. Si bien el hecho de conducir bajo la influencia del alcohol es una infracción de tránsito, cuando lo comete un servidor público, la situación puede trascender el ámbito administrativo y tener implicaciones más serias.
Según el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019), los servidores públicos deben actuar con rectitud y en el marco de la ley. Un comportamiento como el de Rivera Parra podría ser investigado por la Procuraduría General de la Nación, ya que se le podría acusar de faltar a la probidad, es decir, a la honradez y la integridad que debe caracterizar a un funcionario. Se considera que vulnera los principios de responsabilidad, moralidad y ejemplo que debe dar un funcionario.
Además, el cargo de Defensor del Pueblo conlleva una alta responsabilidad moral y ética, siendo un referente para la ciudadanía. Un hecho de esta naturaleza afecta gravemente la imagen de la institución y la confianza pública. La investigación disciplinaria buscaría determinar si la conducta de Rivera Parra constituyó una falta disciplinaria y, en caso de ser así, se le impondría una sanción, que podría ir desde una amonestación hasta una destitución, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del hecho.
¿Crees que este tipo de incidentes debería tener consecuencias más graves para los funcionarios públicos, más allá de las multas de tránsito?