28 de noviembre de 2024 - 12:32 AM
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Defensa de Jhon Jairo Torres denunció a jueces por vulnerar sus derechos

Entrevista a Jhonatan Granados Palacios, abogado de Jhon Jairo Torres

Los abogados Jhonatan Granados Palacios, y Carlos Alberto Orbegozo Jiménez, defensores del electo alcalde de Yopal, Jhon Jairo Torres Torres, denunciaron ante la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura a los Juzgados 55 y 64 Penales de Control de Garantías de Bogotá y el juzgado 16 del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento y Fiscalía General de la Nación, por «faltas al deber y obligación legal y vulneración a los derechos constitucionales fundamentales».

De acuerdo con la solicitud de la defensa, el 14 de octubre pasado Jhon Jairo Torres fue detenido en Yopal, por orden judicial de un Juez que avaló la orden de un fiscal, vulnerando sus derechos fundamentales e induciendo al error a la autoridad judicial.

Luego Torres fue trasladado a Bogotá donde lo «sometieron a audiencias concentradas de legalización de captura, formulación de imputación e imputación de medida de aseguramiento, audiencias que también se realizaron contrariando la Constitución y la ley»

La defensa encuentra violatorio que a Torres le hayan privado de la libertad y le hubieran impuesto una medida restrictiva en una cárcel, cuando debió ser domiciliaria «pero aquello no se realizaba porque la residencia de mi cliente era la ciudad de Yopal».

Sin embargo aseveró la defensa que el mismo Juez le advirtió «que sí tenía derecho a una medida restrictiva de la libertad en domicilio o residencia, pero como no acreditó una en Bogotá le imponia una intramural en la carcel la modelo» .

Dice la defensa igualmente que en el momento que el imputaron la medida argumentó el Juez que Jhon Jairo Torres era un peligro para la sociedad porque su presencia en Yopal podría general problemas de orden público, cosa que nunca sucedió.

«Las profecías con las que el juez vulneró los derechos fundamentales de mi cliente e inaplicó normas legales sin sustento constitucional nunca acaecieron», agrega la defensa.

Dice la demanda de los apoderados de Torres que «la medida fue apelada por la defensa de aquel entonces por habérsele privado a mi cliente de la libertad con una norma derogada y trasngredir directamente la constitución; la apelación correspondió al Juzgado 16 penal del Circuito de Bogotá, con función de Conocimiento y éste señaló fecha para resolver el mismo el otro año, luego de la vacancia judicial».

Según Granados Palacios y Obregozo Jiménez, el Juez estaría dilatando al dejar plazos amplios para la audiencia, y ni el cúmulo de trabajo deben ser argumentos de la juez 16 Penal del Circuito de Bogotá.

Y agrega la demanda que para la asiganción de la fecha para la audiencia para que el Juez resolviera la solicitud de revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento, también hubo dilación.

Los abogados Granados Palacios y Obregozo Jiménez denunciaron que finalmente se le asignó fecha de audiencia para el 23 de noviembre, a las 8 de la mañana, pero que ese día, Granados llegó puntual y la Juez 55 lo atendió a la puerta de la entrada del despacho, y le dijo que no había llegado la carpeta y que además le pidió copia del CD donde contenía la información de la medida de aseguramiento «a lo que accedí atendiendo el principio de la buena fe para que fuera estudiando el caso», y dice Granados que la Juez también le pidió el escrito de acusación de la Fiscalía ante el juez de Yopal.

Granados también dice que textualmente la Jueza le manifestó que no iba a hacer la audiencia porque no habían citado a las víctimas que indicaba el escrito de acusación y que ella consideraba que también eran víctimas las personas que rindieron testimonio ante la Fiscalía que realiza la imputación.

La defensa de Torres asegrua que la juez debió tomar esta decisión en la audiencia y no en la puerta de su despacho, ya que como se observa en el escrito de acusación la no citación de la víctima que reporta el escrito de acusación obedeció a que la Fiscalía no indicó la dirección del mismo.

Debido a estas circunstancias, la defensa solicita vigilancia judicial en contra de los Juzgados 55 y 64 Penales de Control de Garantías de Bogotá y el juzgado 16 del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento y Fiscalía General de la Nación, además de su solictud de las garantias procesales.

Written by
Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com