Con ponencia del magistrado Héctor Alonso Angel Angel este Tribunal rechazó por improcedente la acción de tutela promovida por la exalcaldesa de Yopal Lilian Fernanda Salcedo en contra de la Contraloría General de la República.
En la petición la precandidata liberal a la Gobernación de Casanare solicitaba que le ampararan los derechos fundamentales al debido proceso y a ser elegida, por cuanto la Contraloría le impuso una inhabilidad fiscal para contratar con el Estado que va del 13 de mayo de 2014 al 12 de mayo de 2019, y una inhabilidad fiscal para desempeñar cargos públicos durante el mismo período.
El Tribunal consideró que “Finalmente es necesario precisar que no se entra a examinar si en el sub judice ocurrió la violación de los derechos fundamentales invocados por la actora (debido proceso y ser elegido), toda vez que , siendo constitucionalmente improcedente la acción, no hay lugar a examinar la controversia de fondo.
Es decir la tutela era contra un auto que le negó la suspensión provisional en un proceso que está en curso con el que busca la nulidad de las sanciones de responsabilidad fiscal. Aunque la nulidad saliera a su favor, ésta no saldría antes de la fecha de inscripción de candidatos, lo que dificultaría su aspiración a la Gobernación de Casanare.
A Salcedo solo le queda esperar que en la impugnación de esta tutela le suspendan la inhabilidad, pero es poco probable que ocurra y tampoco que sea pronto.
La sanción fiscal se originó por un contrato que adelantó, siendo alcaldesa, con Emdisalud y con el Centro Radiológico.