18 de abril de 2024 - 8:14 PM
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Vehículos pesados no pueden transitar este puente

Mintransporte dio a conocer las vías restringidas para vehículos pesados en los siguientes puentes festivos.

Los horarios Las vías en las que se aplicara la restricción para los puentes festivos, del viernes 31 de octubre al lunes 3 de noviembre de 2014 y viernes 14 de noviembre al lunes 17 de noviembre de 2014, según lo establecido en la Resolución 0002307 de 2014.

Vías restringidas

 

Las vías en las que se aplicara la restricción para los puentes festivos, del viernes 31 de octubre al lunes 3 de noviembre de 2014 y viernes 14 de noviembre al lunes 17 de noviembre de 2014, según lo establecido en la Resolución 0002307 de 2014

Corredores viales que serán objeto de la restricción vehicular para el tránsito de vehículos de carga con capacidad igual o superior a 3.4 toneladas en Cundinamarca y otros departamentos.

 

 

  1. Bogotá – La Vega – Villeta – Honda.
  2. Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué.
  3. Bogotá – Tunja.
  4. Bogotá – Chía – Cajicá – Ubaté – Chiquinquirá – Barbosa – San Gil – Bucaramanga.
  5. Bogotá – La Mesa – Girardot.
  6. Bogotá – Villavicencio – Acacías.
  7. Medellìn – Santa Fe De Antioquia.
  8. Bogotá  – Choachi.
  9. Barranquilla – Cartagena (Vía Al Mar)
  10. Ibagué – Armenia – Cali.
  11. Neiva – Espinal – Girardot.
  12. Pasto – Chachagüi.
  13. Bogotá-Mosquera-Facatativá- Sasaima- Villeta
  14. Bogotá-La Calera-Guasca-Guatavita
  15. Sibate- Alto De San Miguel-Fusagasugá
  16. Chía- Cota-Mosquera-La Mesa-Girardot
  17. Armenia-Montenegro-Quimbaya
  18. Bucaramanga- San Alberto
  19. Bucaramanga –La Lizama
  20. Villavicencio –Puerto López
  21. Honda-Doradal-Medellín
  22. Santa Marta-Barranquilla
  23. Bucaramanga-Pamplona-Cúcuta
  24. Tunja –Chiquinquirá
  25. Tunja-Duitama-Sogamoso
  26. Tunja-Barbosa
  27. Medellín-Primavera-La Pintada
  28. Medellín-Hatillo-Yarumal- Caucacia
  29. Hatillo-Barbosa
  30. Manizales-Mariquita-Armero
  31. Manizales-La Manuela-La Felisa-La Pintada
  32. Manizales-Chinchina-Santarosa-Pereira
  33. Armenia – Pereira-Riosucio
  34. Pereira-Cartago-La Paila
  35. Neiva-Garzón-Pitalito-Mocoa
  36. Ibagué-Honda
  37. Puerto Araujo-Puerto Boyacá
  38. Bosconia-Zambrano-Carmen De Bolívar-Cruz Del Viso-Turbaco-Cartagena
  39. Santa Marta-Fundación-San Roque-Aguachica
  40. Barranquilla-Calamar-Carreto
  41. Montería-Cerete-Lorica-Coveñas-Tolú-Toluviejo-Cruz Del Viso  (Bolívar)
  42. Villavicencio-Cumaral-Barranca De Upia-Villanueva-Monterrey-Tauramena- Aguazul-Yopal.
  43. Riohacha – Valedupar
  44. Riohacha – Santa Marta

 

Notas aclaratorias

Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

Igualmente, podrá implementar anillos viales en los siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San Pedro, Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.

Los vehiculos de carga deberán quedarse "en casa"
Los vehiculos de carga deberán quedarse «en casa»

NOTA 1: Los días viernes 31 de octubre y 14 de noviembre de 2014, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.

NOTA 2: Los días lunes 3 de noviembre y 17 de noviembre de 2014, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.

NOTA 3: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

 NOTA 4: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.

NOTA 5: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, «Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones».

NOTA 6: Se suspende y no se realizan obras en los corredores viales Bogotá – Girardot a la altura de la variante de Melgar Km 27 + 200 hasta el Km 27 + 800 sitio paso malo y corredor La Vega – Villeta Km 84 + 400 Entrada San Francisco.

NOTA 7: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

Written by
Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com