20 de abril de 2024 - 9:33 AM
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Se cayó medida cautelar a rectora de Unitrópico. Los seis meses quedaron en el limbo

Por falta de competencia la Inspectora de trabajo tuvo que remitir la queja a la Procuraduría. Su cargo va hasta el 30 de agosto.

En reunión del Consejo directivo de este martes, se puso en conocimiento la decisión de la Inspectora de Trabajo y se acordó abrir la convocatoria para el concurso del nuevo Rector.

Por el momento, podría quedar en encargo durante tres meses Hernán Rivera Salcedo, quien ha sido docente y funcionario de la universidad.

Sandra Patricia Rincón, rectora Unitrópico (Foto: Wilson Schnaider Romero)
Sandra Patricia Rincón, rectora Unitrópico (Foto: Wilson Schnaider Romero)

La semana pasada www.laschivasdelllano.com.co dio a conocer que la Inspectora 5 de Trabajo y Seguridad Social Dirección Territorial Casanare, fue denunciada de forma anónima por unos estudiantes de UNITROPICO, por una posible extralimitación de funciones y falta de competencia, respecto a las medidas cautelares proferidas en favor de la Secretaria General y la Rectora de UNITROPICO.

Esta situación al parecer generó cierto efecto dado que en el desarrollo del Consejo Superior de UNITROPICO de este martes 5 de agosto de 2014, se dio a conocer el Auto 265 de 31 de julio de 2014, emanado de la Oficina de la Inspectora 5 de Trabajo y Seguridad Social Dirección Territorial Casanare, donde se manifiesta que se remite la queja del supuesto acoso laboral a la Procuraduría General de la Nación, por falta de competencia de la entidad adscrita al Ministerio del Trabajo.

Luis Eduardo Castro,  Director de Planeación Casanare (Foto: Wilson Schnaider Romero)
Luis Eduardo Castro, Director de Planeación Casanare (Foto: Wilson Schnaider Romero)

La anterior postura del despacho de la Inspección de Trabajo se sustentó en que la falta de competencia,surge por la conformación patrimonial de la Institución Universitaria, la cual posee una participación mayoritaria de entidades públicas, y por otra parte porque Luis Eduardo Castro es funcionario público.

En las consideraciones del Auto la Inspección de Trabajo sostiene que como quiera que las partes (demandantes y demandado) ostentan calidad de servidores públicos la competencia de la queja estaría en manos del Ministerio Publico y que por lo tanto se remitió dicha queja a la Procuraduría Regional de Casanare, teniendo en cuenta que esta es la autoridad competente que puede dar trámite a dicha queja, garantizando el principio constitucional del debido proceso. Esta consideración la sustentó la Inspectora en el fundamento legal artículo 12 de la Ley 1010 de 2006.

De acuerdo a lo anterior y como quiera que la Inspección 5 del Trabajo no tiene competencia frente a la queja de acoso laboral interpuesta por la Secretaria General y la Rectora de UNITROPICO, se puede interpretar a todas luces que las medidas cautelares que cobijaban a las demandantes se quedó sin piso jurídico alguno.

Es decir: se cayeron las medidas cautelares proferidas por la Inspección de Trabajo porque ésta carece de competencia para haber emitido tales medidas.

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Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com