28 de marzo de 2024 - 7:52 PM
Home Destacadas Se amplía plazo para aplicación del SUNL
DestacadasGeneralesNacionalNoticiasNoticias de Casanare

Se amplía plazo para aplicación del SUNL

Con tres meses más contarán las autoridades ambientales del país para la expedición del Salvoconducto Único Nacional en Línea.

El 20 de enero se vencía el plazo para que las Corporaciones Autónomas Regionales de todo el país estuvieran listas para la expedición del Salvoconducto Único Nacional en Línea (SUNL), a través de la plataforma de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) para movilización y  removilización. Sin embargo y ante la solicitud de las Corporaciones, el Ministerio de Ambiente, a través de la Resolución 0081 del 19 de enero de 2018 establece un nuevo plazo de tres meses para que las entidades estén listas a aplicar la medida, mientras tanto podrán seguir expidiendo los salvoconductos como hasta este momento.

“Una vez vencido este término, las autoridades ambientales deberán entregar oficialmente al Ministerio de Ambiente los ejemplares impresos de los Salvoconductos Únicos Nacionales no utilizados y un informe sobre el uso de la numeración de las series de los SUN utilizados en 2017, hasta la fecha de implementación del Salvoconducto Único Nacional en Línea”, explicó César rey, director de Bosques y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente.

El salvoconducto servirá para transportar por una sola vez los especímenes para los cuales fue expedido, tendrá cobertura y validez en todo el territorio nacional y su vigencia no podrá exceder más de ocho días calendario.

Adicionalmente, la resolución excluye de la exigencia del SUNL, entre otras,  el transporte de los especímenes de diversidad biológica de flora en segundo grado de transformación como por ejemplo collares, machimbres, puertas y aquellos productos con alto valor agregado y diferentes procesos de transformación.

También están excluidas las especies de fauna doméstica, flora no maderable reproducidas artificialmente, recursos pesqueros y  las especies o muestras que estén amparadas por un permiso de recolección de especies silvestres con fines de investigación científica no comercial, lo mismo que con fines de elaboración de estudios ambientales  y los especímenes que cuenten con un Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas ya que actuará como tal, la constancia de dicho registro expedida por  el Instituto de Investigaciones Alexander von Humboldt.

Written by
Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com