29 de marzo de 2024 - 9:19 AM
Home Destacadas CRUE Casanare responde ante demoras para el envío de ambulancias
DestacadasGeneralesLlanosNoticias de Casanaresalud

CRUE Casanare responde ante demoras para el envío de ambulancias

Jorge Alvarez, coordinador de CRUE (Foto Caracol Radio Yopal)

En comunicado el coordinador del Centro Centro Regulador de Urgencias, Jorge Alvarez, aclara que la unidad es operativa y la responsabilidad de pago recae sobre EPS, SOAT y otros

YOPAL

Ante las denuncias dadas a conocer en medios de comunicación, en las que se señala que el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias del Departamento-CRUE, no ha dado respuesta oportuna al envío de ambulancias para atender accidentes de tránsito y Atenciones Pre-Hospitalarias (APH) de pacientes, la Secretaría Departamental de Salud aclara a la opinión pública que: 

1.    Como su nombre lo indica y de acuerdo a la Resolución 1220 de 2010, Artículo 2, “el Centro Regulador de Urgencias es una unidad de carácter operativo, no asistencial, la cual se encarga de regular la Atención Pre- Hospitalaria en el territorio y, en base a lo anterior, el CRUE no cuenta con ambulancias. 

2.    Según la Resolución 6408 de 2016 en su título V, la Atención Pre-Hospitalaria se encuentra a cargo de las entidades responsables de pago: EPS, para lo cual éstas deben garantizar la contratación y el pago de la prestación del servicio de Atención Pre- Hospitalaria en el territorio. 

3.    Es importante precisar que, la Secretaría Departamental de Salud, a través del CRUE, regula los eventos de APH a las empresas de ambulancias habilitadas en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) del Departamento. 

4.    Cabe aclarar que, el traslado en ambulancia desde el sitio donde se origina el accidente de tránsito y hasta una unidad hospitalaria, debe ser asumido por el SOAT de los vehículos involucrados en el hecho. De no contarse con este documento, el pago del mismo será asumido por el ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud), situación que no involucra a la Secretaría Departamental de Salud porque ya se cuenta con su asegurador o pagador. Y si presenta algún tipo de demora en la respuesta, no tiene que ver con situaciones de pagos por parte de la Secretaría Departamental de Salud. 

5.    La Secretaría Departamental de Salud aclara a la comunidad en general que el servicio de transporte de pacientes, es facturado por el prestador del servicio a la entidad responsable del pago que se encuentre a cargo, ya sea a la EPS o SOAT- ADRES a los que les hacen el respectivo cobro únicamente con un código asignado por el médico del Centro Regulador de Urgencias; por lo que la entidad territorial no participa en ese trámite administrativo.

 6.    El Centro Regulador de Urgencias reitera su compromiso de regular el servicio las 24 horas del día, de domingo a domingo, como la ha venido haciendo a la población en situación de urgencias, emergencias y desastres, regulando entre el 1 de enero 2011 y el 31 de diciembre de 2017 29.024 eventos de APH, de los cuales 14.819 correspondieron a Atenciones Pre-Hospitalarias por accidentes de tránsito en el Departamento. Con corte al 17 de junio de los corrientes, el CRUE ha realizado la atención 1.267 eventos de APH, de los cuales 578 fueron accidentes de tránsito. 

7.    Se reitera a la comunidad que a través de las líneas: 6345555 y 3173717451 el CRUE está en la disponibilidad de apoyar la atención de emergencias y eventos de APH registrados en el Departamento, con recurso humano (médico regulador, psicólogo clínico y radio operadoras).

Written by
Redacción Chivas

Periodista, Director de www.laschivasdelllano.com y www.laschivasdecolombia.com